La Comisión Europea ha inscrito el nombre Cabrito de Extremadura como Indicación Geográfica Protegida (I.G.P.), tras la solicitud hecha por España y al no haber recibido el organismo ninguna declaración de oposición a ello, según se recoge en el reglamento que ha publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea.
Esta carne procede de las canales de los cabritos controlados o de su despiece, nacidos y criados en la dehesa, montes y otras praderas de Extremadura, procedentes de las razas caprinas, verata, retinta, florida, malagueña, murciano-granadina, blanca andaluza, cabra de las mesetas o serrana, payoya, o los cruces entre dichas razas.
En función de la edad, de la alimentación y del sistema de producción antes del sacrificio se distinguen dos tipos de animales que dan lugar a dos categorías comerciales: Cabrito de Extremadura lechal y Cabrito de Extremadura.
El ámbito geográfico de producción y elaboración de la carne de la I.G.P. abarca la totalidad de esa comunidad autónoma, por lo que los animales deben nacer, criarse, engordarse, sacrificarse y faenarse en Extremadura.
Todas las comarcas que integran la región comparten características comunes en cuanto a elementos naturales, sistemas de producción e historia, factores fundamentales en los parámetros de calidad que distinguen y diferencian a la carne de estos cabritos de otras zonas limítrofes y del resto peninsular.
La Junta de Extremadura publicó en mayo de 2022 en el Diario Oficial de Extremadura (DOE) el decreto por el que se aprobaba el Reglamento de la Indicación Geográfica Protegida ‘Cabrito de Extremadura’, una I.G.P. que protege la carne fresca y sus despojos procedente de Cabrito de Extremadura y de Cabrito de Extremadura Lechal, comercializados en canal, media canal, cuartos, piezas, fileteada y al corte.